Convenio de doble imposición entre Ecuador y México
- abril 23, 2025
- Posted by: Ur Global
- Categoría: Actualidad, Latinoamérica

Índice del artículo
El convenio de doble imposición (CDI) entre Ecuador y México, basado en el modelo OCDE, es una herramienta clave para las empresas que operan entre ambos países. Su objetivo principal es evitar que una misma renta sea gravada por las dos jurisdicciones, favoreciendo así una fiscalidad más eficiente, transparente y justa para las compañías.
En un contexto en el que cada vez más empresas operan entre fronteras, es fundamental estar al tanto de este tipo de convenio. Por ello, te explicaremos de qué se trata y cómo puede ser de ayuda para las empresas.
¿Qué es el Convenio de doble imposición?
Un Convenio para Evitar la Doble Imposición es un acuerdo internacional que busca evitar que una persona o empresa pague impuestos dos veces por la misma renta en países distintos. El convenio entre Ecuador y México sigue el modelo de la OCDE y contempla reglas específicas para determinar qué país tiene derecho a gravar determinados tipos de ingresos.
Por ello, el CDI entre Ecuador y México puede ser un gran aliciente cuando estás pensando en ofrecer tus servicios/productos en el exterior. Además, este convenio ofrece beneficios concretos, especialmente para compañías que prestan servicios entre ambos países, aunque importante tener en cuenta que servicios como consultoría, asistencia técnica, licencias de software o actividades similares no estarán sujetos a retención en la fuente, siempre que no exista un Establecimiento Permanente (EP) en el país donde se presta el servicio.
Aplicación del artículo 7: Beneficios empresariales
Todo esto se basa en lo establecido en el artículo 7 del convenio, que trata sobre los beneficios empresariales. ¿Qué significa en la práctica? Significa que, salvo que una empresa opere físicamente en el otro país mediante un EP, sus ingresos solo se gravarán en su país de residencia fiscal, de allí la importancia de la fiscalidad internacional para empresas globales.
Documentación necesaria para aplicar el CDI
Para disfrutar de los beneficios del convenio de doble imposición, las empresas deben presentar ciertos documentos:
- Certificado de residencia fiscal (obligatorio para acreditar la aplicación del CDI).
- Certificado de retenciones practicadas, si aplica.
- En el caso de Ecuador, el certificado debe estar apostillado y tiene validez únicamente durante el año en que se emite.
Tratamiento fiscal de dividendos, intereses y regalías
El CDI también contempla reglas especiales para la distribución de dividendos, el pago de intereses y las regalías. En este sentido, se toma en consideración lo siguiente:
- Dividendos: el artículo 10 limita la retención a un máximo del 5%, siempre que el receptor sea el beneficiario efectivo. Además, en Ecuador estos dividendos están exentos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).
- Intereses y regalías: el acuerdo fija límites máximos de retención del:
- 15% para intereses (art. 11)
- 10% para regalías (art. 12)
Estas regalías incluyen no solo derechos sobre marcas o patentes, sino también pagos por uso de equipos o por transferencia de tecnología y know how.
Cuando se producen retenciones en el extranjero, ambos países permiten la recuperación parcial del impuesto pagado, dentro de ciertos límites impuestos por la Ley tributaria de cada jurisdicción.
Conclusión
El convenio de doble imposición entre Ecuador y México es una herramienta esencial para empresas que buscan expandirse o prestar servicios en el exterior. Su correcta aplicación permite operar con mayor seguridad jurídica, menor carga fiscal y una estrategia internacional más eficiente. Por todo lo comentado y más, conocer las características del convenio de doble imposición entre México y Ecuador te ayudará a tener una fiscalidad más transparente y mejor. En UR Global, te ofrecemos la asesoría de fiscalidad internacional que necesitas para esto.