Nueva ley sobre la implantación del teletrabajo en Colombia

En un giro importante hacia la modernización laboral, el Ministerio del Trabajo de Colombia ha presentado el pasado agosto una nueva propuesta de reforma, destacando la implementación progresiva y obligatoria del teletrabajo. 

Uno de los aspectos más destacados de esta propuesta es la promoción y obligatoriedad del teletrabajo, una modalidad que busca estimular la transición digital y diversificar la forma en que se realiza el trabajo en el país. 

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Teletrabajo en la Reforma Laboral

La reforma define el teletrabajo como una “forma de organización laboral que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo”, permitiendo a los trabajadores realizar actividades remuneradas utilizando tecnologías de la información y la comunicación, prescindiendo de la presencia física en un lugar específico de trabajo. Esta medida pretende aumentar la eficiencia y adaptabilidad de las empresas a la era digital.

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Teletrabajo
Teletrabajo

Implementación Gradual del Teletrabajo

La reforma, reflejada en el artículo 60, introduce un enfoque escalonado para la incorporación del teletrabajo, adaptándose al tamaño específico de cada empresa. Este proceso evolutivo impulsa la modernización laboral de manera equitativa y eficiente:

  • Empresas con 20 a 50 trabajadores: Deberán fomentar el trabajo en casa, abarcando al menos el 5% de su personal.
  • Empresas con 50 a 200 empleados: El porcentaje se eleva al 10%, promoviendo una mayor integración del teletrabajo.
  • Empresas con más de 200 trabajadores: La cuota se establece en un ambicioso 15%, liderando el camino hacia una fuerza laboral más diversificada.

La imposición de esta medida no surge de inmediato. Durante los primeros seis meses tras la implementación de la ley, las empresas se sumergirán en un período de revisión. Este lapso se enfocará en evaluar las capacidades tecnológicas existentes y en capacitar al personal en las complejidades y beneficios del teletrabajo, preparándolos para la transformación laboral que se avecina.

Este enfoque graduado garantiza una transición fluida, permitiendo a las empresas adaptarse a las nuevas normativas y preparar el terreno para una adopción exitosa del teletrabajo en la era laboral moderna.

La reforma laboral aborda con determinación la actual ambigüedad entre términos como trabajo a domicilio, trabajo en casa, trabajo remoto y teletrabajo, procurando establecer claras definiciones para cada uno. En este contexto, el trabajo en casa surge como respuesta a la pandemia de COVID-19, ofreciendo temporalmente a los empleados la oportunidad de realizar sus labores desde la comodidad de sus hogares debido al aislamiento social.

Por otro lado, el trabajo remoto se caracteriza por la ejecución total de las labores de manera remota, haciendo uso de tecnologías de la información y las telecomunicaciones. En contraste, el trabajo a domicilio implica que el empleado presta servicios remunerados en su propio hogar, ya sea de forma independiente o con el respaldo de su familia, por cuenta de un empleador.

La joya de la corona es el teletrabajo, una forma de organización laboral que utiliza tecnologías de la información y la comunicación. Lo distintivo es que no requiere la presencia física del trabajador en un lugar específico, abriendo un abanico de posibilidades para una nueva dinámica laboral.

En cuanto a las modalidades de teletrabajo, el proyecto de ley presenta cuatro categorías: el teletrabajo autónomo, donde los trabajadores eligen su entorno laboral; el teletrabajo móvil, donde los empleados no se limitan a un espacio de trabajo fijo; el teletrabajo suplementario o híbrido, que amalgama trabajo presencial y virtual en la jornada semanal; y el teletrabajo transnacional, que permite a los trabajadores desempeñarse desde otro país, con responsabilidades específicas tanto para el trabajador como para el empleador. Este enfoque claro y preciso de las modalidades de teletrabajo busca simplificar y facilitar su implementación en el tejido laboral colombiano.

Empresas Obligadas al Teletrabajo

La reforma establece que las empresas con diferentes tamaños de nómina tendrán porcentajes obligatorios de teletrabajo. Aquellas con 20 a 50 trabajadores deberán tener al menos un 5% de sus puestos en modalidad de teletrabajo, mientras que para empresas con más de 200 empleados, este porcentaje se eleva al 15%. Estos porcentajes serán obligatorios a partir del segundo semestre de entrada en vigencia de la ley.

Conclusión

La nueva ley sobre la implantación del teletrabajo en Colombia marca un paso significativo hacia la modernización y adaptación de las empresas a las demandas digitales. La implementación gradual, los tipos claros de trabajo a distancia y las modalidades de teletrabajo demuestran un enfoque integral para asegurar una transición exitosa hacia una nueva era laboral en Colombia.Si tienes alguna duda contacta con nosotros, somos expertos en asesoramiento en Colombia.



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