Implementación del teletrabajo
¿Cómo funciona el treletrabajo o el modelo híbrido para una empresa?
Durante el estado de emergencia sanitaria a causa del covid se implementaron diferentes medidas que una vez pasada se regularon y mantuvieron. De conformidad con lo establecido en Ley 1221 de 2008 , Artículo 7, el REGISTRO DE TELETRABAJADORES. “Todo empleador que contrate teletrabajadores, debe informar de dicha vinculación a los Inspectores de Trabajo del respectivo municipio y donde no existan estos, al Alcalde Municipal, para lo cual el Ministerio de la Protección deberá reglamentar el formulario para suministrar la información necesaria.”
Si dentro de la empresa no se implementa correctamente el modelo de teletrabajo con los requerimientos organizacionales que conlleva, no será posible que los trabajadores se mantengan en un modelo híbrido o teletrabajo total.
¿Qué gestiona UR Global para ayudarte?
En la práctica esta ley se resume en diferentes puntos que desde UR Global trabajamos para que las empresas cumplan:
Documentos jurídicos: Atención a la legislación vigente con la elaboración de documentos legales (acuerdo de teletrabajo, modificación del reglamento interno de trabajo dónde se incluya un capítulo que regule este tema, política de desconexión laboral) y demás.
- Modelo del contrato de teletrabajo
- Acuerdo de modificación de los contratos actuales a la modalidad de teletrabajo
- Capitulo anexo al reglamento de trabajo
- Política desconexión laboral.
- Inscripción de los contratos en el ministerio de trabajo
Obligaciones adicionales: el salario del trabajador deberá reflejar el adicional por el auxilio de conexión, el cual tiene como objetivo retribuir el coste del valor de la energía e internet y/o teléfono, salvo que la empresa decida suministrarlo directamente. Al mismo tiempo, la empresa deberá proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos de los trabajadores programas, el valor de la energía u otros necesarios para desempeñar sus funciones.
El importe debe ser definido internamente, pero por jurisprudencia no puede ser inferior al valor del auxilio de transporte que son $162.000 COP.
¿Qué riesgos supone no implementar internamente los protocolos?
Los riesgos por no tener implementado dentro de la empresa el teletrabajo son en relación a varios puntos, primero, tema de accidentes laborales y enfermedades que se puedan adquirir, es de esta forma que la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) ante cualquier asunto relacionado apunte a la empresa como responsable de asumir las consecuencias; y segundo, el riesgo por quejas de trabajadores al ministerio que genere una inspección que conlleve sanciones económicas de hasta $6.500.000.000 COP.
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